El proyecto de Presupuesto 2027 presentado por el Poder Ejecutivo busca modificar de manera sustancial la Ley 27.793 de Emergencia Nacional en Discapacidad. A través de los artículos 36 al 41, la iniciativa persigue mediante una norma presupuestaria los recortes que previamente fueron vetados por el Congreso o frenados por la Justicia por inconstitucionales.
Puntos clave de la reforma
Redefinición del beneficio (Art. 36): La «Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social» pasa a llamarse «Pensión No Contributiva por Invalidez Laboral», desplazando el enfoque de protección social integral hacia la incapacidad de trabajar.
Incompatibilidad laboral (Art. 37): La pensión deja de ser compatible con el empleo formal. Si una persona consigue trabajo en blanco, pierde el beneficio de forma inmediata sin opción a suspensión temporal.
Retiro del blindaje presupuestario (Art. 38): Se quita la norma que impedía financiar la ley mediante recortes en otras partidas de Servicios Sociales.
Fin del arancel único para prestadores (Art. 39): Se elimina el valor universal del Nomenclador de Prestaciones Básicas. Cada provincia o financiador podrá fijar sus propias tarifas, arriesgando la fragmentación de la cobertura.
Eliminación del CUD como criterio (Art. 40): Se quita la exigencia del Certificado Único de Discapacidad para acceder al beneficio, reemplazándolo por el concepto «imposibilitada para trabajar», sujeto a reglamentación futura.
Derogación de derechos (Art. 41): Se eliminan cuatro artículos de la Ley 27.793, lo que suprime la cobertura de salud explícita para pensionados, la conversión automática de trámites previos y la actualización automática de aranceles.

